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Documento BOE-J-2024-659346

VALÈNCIA. Edicto de 22 de noviembre de 2024 en procedimiento civil número 632/2018.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2024-659346

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 20 de Valencia

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929029

Correo electrónico: vapi20_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 632/2018

NIG: 4625042120180023270

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de Marcos Terrer Bayo, Alberto Terrer Bayo y Eduardo Bayo

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Vistos los preceptos legales citados, y demás de general y pertinente aplicación, DISPONGO:

- Que acuerdo la conclusión del presente proceso concursal por finalización de la fase de liquidación.

- Que se declaran aprobadas las cuentas rendidas por el Administrador Concursal.

- Que se concede a los deudores concursados el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho con la extensión especificada en el cuerpo de esta resolución, esto es, excluyendo los créditos de derecho público mencionados ostentados por los Ayuntamientos de Madrid y Valencia.

- En consecuencia, procede el archivo de las presentes actuaciones.

- Se acuerda el cese de las limitaciones de los deudores concursados y el cese de la actuación del Administrador Concursal.

- Procédase a dar la debida publicidad a esta resolución en los términos del art. 482 TRLC, mediante su publicación edictal en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

- Procédase a inscribir en el Registro Civil correspondiente la conclusión del concurso y su correspondientes efectos, librándose para ello los mandamientos oportunos, conforme a lo previsto en el art. 557 TRLC.

Contra este auto no cabe recurso alguno de conformidad con el art. 481 TRLC.

Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.

València, 22 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DESAMPARADOS CLIMENT ESTEVE

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