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Documento BOE-J-2024-656332

SEVILLA. Edicto de 21 de noviembre de 2024 en procedimiento civil número 839/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 285, de 26 de noviembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2024-656332

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.4.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 839/2019

NIG: 4109142120190029855

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 20/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MARIA ROCIO TALAVERON RODRIGUEZ - NIF/NIE: ***3306**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el procedimiento de referenciado, se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Cecilia Carande Cameno

En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica.

Recibido el anterior escrito presentado por el Procurador Don Gerardo Martinez Ortiz de la Tabla, unase a los autos de su razón.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En el presente procedimiento se ha practicado tasación de costas, solicitada por CC.PP. JACARANDA II, por un importe total de 287,12 euros, siendo la parte condenada MARIA ROCIO TALAVERON RODRIGUEZ.

Segundo.- De dicha tasación se ha dado traslado a las partes, advirtiéndoles que desde ese momento no se admitiría la inclusión o adición de partida alguna y que si no se impugnaba en el plazo de diez días sería aprobada por el Letrada de la Administración de Justicia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Establece el apartado 3 del artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC) que si la tasación de costas no fuera impugnada por las partes en el plazo dispuesto a tal efecto, el Letrado de la Administración de Justicia la aprobará mediante decreto.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se aprueba la tasación de costas practicada a instancia de CC.PP. JACARANDA II, por importe de 287,12 euros.

2.- Notifiquese a Doña Maria Rocio Talaverón Rodríguez esta resolución por medio de edictos, que se fijara en el tablón edictal judicial único que publica electrónicamente la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado en la forma dispuesta en el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero de ordenación del diario BOE.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REVISIÓN ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el con el número , indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo decreto y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

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En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demanda: Maria Rocio Talaveron Rodriguez, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 156.4 y 164 de la Ley de EnjuiciamientoCivil (LEC), se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del BOE par llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Sevilla, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Sevilla, 21 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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