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Documento BOE-J-2024-654993

SANTIAGO DE COMPOSTELA. Edicto de 21 de noviembre de 2024 en procedimiento civil número 119/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 285, de 26 de noviembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2024-654993

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Santiago de Compostela

Dirección: Calle VIENA S/N POLÍGONO FONTIÑAS

Localidad: Santiago de Compostela

Código Postal: 15707

Provincia: A Coruña

Teléfono: 981540419

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 119/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/06/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: diez días

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 17/06/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: cinco días

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 17/06/2024

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: en el acto

DESTINATARIOS

DOMINGO TABOADA VÁZQUEZ - NIF/NIE: ***7771**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante, ABANCA SA, frente a Domingo Taboada Vázquez y otra, en forma solidaria, por importe de 5.186,89 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 1.556,00 euros que se fijanprovisionalmente en concepto de intereses que, en su caso,puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta,sin perjuicio de su posterior liquidación. Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 557 de la L.E.C. y en el plazo de diez días.

Acuerdo requerir de pago a los ejecutados Domingo Taboada Vázquez y otra por la cantidad de 5.186,89 euros reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda más otros 1.556,00 euros presupuestados para intereses y costas de ejecución y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión en el plazo de cinco días.

Santiago de Compostela, 21 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL CARMEN VAZQUEZ RODRIGUEZ

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