Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Ourense
Dirección: Avenida VELÁZQUEZ S/N
Localidad: Ourense
Código Postal: 32002
Provincia: Ourense
Teléfono: 988687097
Correo electrónico: instancia4.ourense@xustiza.gal
Concursal
Número: 1115/2024
Auto
Fecha: 18/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados en el concurso de Dª. Remedios Núñez Nogueira y D. Eugenio Fernández Folla
S1C 1115/2024
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.xustiza.gal/).
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 1115/2024, se ha dictado en fecha 18 de noviembre de dos mil veinticuatro auto de declaración de concurso voluntario de los deudores D. Eugenio Fernández Folla con DNI 10013661J y D.ª Remedios Núñez Nogueira, con DNI 09991826M, con domicilio en Avda. Conde de Fenosa nº 37, P02 E, O Barco de Valdeorras (Ourense).
El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.
Se ha designado, como Administración concursal a D. Luis Vicente Sánchez Escribano, con domicilio postal en Calle Santo Domingo, Núm. 45, Oficina 4, 32003, Ourense y dirección electrónica: ase.escribano@hotmail.com, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
Igualmente, se ha acordado llamar a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en los artículos 255 y siguientes del TRLC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Tablón Edictal Judicial Único y en el Registro Público Concursal. La comunicación de créditos deberá realizarse aportando copia documental para la administración concursal bajo apercibimiento de no ser reconocido el crédito o de su posibilidad de clasificarlo conforme a lo previsto en el artículo 281.1.º del TRLC.
Para consulta del Auto: CVE-: Om26mSEjy0 Verificación: https://sede.xustiza.gal/cve
Ourense, 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PAULA ANDREA ARANGO CAMPUZANO
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