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Documento BOE-J-2024-650133

VALÈNCIA. Edicto de 20 de noviembre de 2024 en procedimiento civil número 974/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 284, de 25 de noviembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2024-650133

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Valencia

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927205

Correo electrónico: vamerca01_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 974/2024

NIG: 4625066120240004983

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 16/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTOTRIBUNAL QUE ORDENA EMPLAZARJuzgado de lo Mercantil nº 1 de VALENCIA.ASUNTO EN QUE SE ACUERDAEl arriba referenciado. PERSONA A LA QUE SE EMPLAZARLC SEVILLA SL, en concepto de parte demandada.Domicilio: Calle VIRGEN DEL PUIG,13 EL PUIG DE SANTA MARIA.(46250)OBJETO DEL EMPLAZAMIENTOComparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del Decreto de admisión de aquélla. TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECEREn la sede de este Juzgado.PLAZO PARA COMPARECERDIEZ DÍAS HÁBILES computados desde el siguiente al de este emplazamiento. PREVENCIONES LEGALES1.- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 L.E.C.).2.- Advertir a la parte demandada que caso de no ser preceptivo la intervención de abogado y procurador por ser la cantidad reclamada inferior a 2.000 euros tendrá a su disposición en el Decanato de los Juzgados de Valencia unos impresos normalizados para la contestación a la demanda ( art.438-1º L.E.C.3.- Igualmente se comunica al demandado que en su escrito de contestación deberá pronunciarse necesariamente sobre la pertinencia de la celebración de vista (art. 438-4º L.E.C.).4.- Hágase saber a la parte demandada, que la comparecencia en juicio deberá verificarse por medio de procurador legalmente habilitado para actuar en este tribunal y con asistencia de abogado (artículo 23 y 31 de la L.E.C.).Si pretendiera solicitar el reconocimiento de asistencia jurídica gratuita o interesar la designación de abogado y procurador de oficio deberá efectuarlo dentro de los tres días siguientes al de la notificación de la demanda. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá la celebración del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita. 5.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LECn).En VALENCIA, a dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

València, 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL BOGUÑA PACHECO

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