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Documento BOE-J-2024-650102

SEVILLA. Edicto de 20 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 688/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 284, de 25 de noviembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2024-650102

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Sevilla

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955519096

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 688/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de D. Juan LUis Escalona Gómez con DNI: 28931703A.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Juana Gálvez Muñoz

Que en el procedimiento concursal número 688/2022 en el que figura como concursado/a JUAN LUIS ESCALONA GOMEZ, DNI 28931703A, se ha dictado el 15/11/24 auto que declara concluso el concurso cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1) La conclusión del proceso concursal de D. JUAN LUIS ESCALONA GOMEZ con DNI: 28931703A, llevando el original de esta resolución al libro de autos definitivos, y un testimonio de la misma a la sección primera. Notifíquese esta resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 482 TRLC).

2) El cese del Administrador Concursal designado, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, salvo las que pudieran derivarse de otros pronunciamientos.

Comuníquese esta resolución al Registro Público concursal a los efectos de que se inserte en la sección cuarta el cese del administrador concursal por agotamiento de la liquidación.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada.

3) Librar mandamiento al Registro Civil del nacimiento de la concursada para inscribir esta resolución.

4) Librar mandamientos al Registro Mercantil, si correspondiere.

5) Una vez los mandamientos hayan sido diligenciados y unidos al expediente, su archivo, previa baja en los libros de su razón.

6) Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Lo acuerda y firma el/la Magistrado Juez, doy fe.

El Magistrado Juez LA LETRADA DE LA ADMÓN DE JUSTICIA"

En Sevilla, a quince de noviembre de dos mil veinticuatro.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Sevilla, 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUANA GALVEZ MUÑOZ

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