Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-J-2024-649959

PALMAS DE GRAN CANARIA (LAS). Edicto de 20 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 376/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 284, de 25 de noviembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - LAS PALMAS
Referencia:
BOE-J-2024-649959

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Dirección: Calle MALAGA 2

Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)

Código Postal: 35016

Provincia: Las Palmas

Teléfono: 928116548

Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 376/2024

NIG: 3501647120240000807

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Conclusión del concurso de Oscar David Padilla Marrero, con DNI 78526384Z, por insuficiencia de masa activa, la exoneración del pasivo insatisfecho ​y el archivo de las actuaciones.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000376/2024, se ha dictado en fecha 20/11/2024 auto declarando la conclusión del concurso, por insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, de la persona natural Oscar David Padilla Marrero, con DNI 78526384Z, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Primero.- Declarar la CONCLUSIÓN del concurso de Oscar David Padilla Marrero, con DNI 78526384Z, por insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, y el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.

Segundo.- Conceder al deudor la exoneración del pasivo insatisfecho en el presente concurso en los términos expuestos en el fundamento cuarto de la presente resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Palmas de Gran Canaria (Las), 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid