Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Correo electrónico: mercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 854/2024
NIG: 1808742120240024054
Auto
Fecha: 14/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: 15 días
Ignorados acreedores de Rocio Heredia Heredia
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Alicia Pilar Raya García
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 anuncia:
1.º- Que en el procedimiento número 829/2024, NIG n.º 1808742120240024054, por auto de 14/11/2024 se ha declarado en concurso voluntario al/a la deudor/a: ROCIO HEREDIA HEREDIA con DNI 75134182J y domicilio en RONDA DE GRANADA NORTE. N. 12 SANTA FE 18320 -GRANADA.
2.- Que la deudora no ha sido suspendida en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
3º- Que los acreedores de la concursada deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 255 y 256 del texto refundido de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. PABLO MIGUEL RUIZ LAURENS con domicilio en C/ Gran Capitán 25, Bajo Izq. 18002 Granada, Teléfono. 661961183, Email:8063@icagr.es
El plazo para esta comunicación es el de UN MES contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el arts. 35 y 552 del T.R.L.C.
4º.- Durante el plazo para la comunicación de créditos, los acreedores y demás personados, podrán remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.
5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del T.R.L.C).
6ª. Que el Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso www.publicidadconcursal.es
Granada, 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid