Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla
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Código Postal: 41018
Provincia: Sevilla
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Civil
Número: 195/2023
Decreto
Fecha: 05/09/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MARIA ENCARNACIÓN FUENTES GONZALEZ - NIF/NIE: ***4917**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO N.º 833/2024
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Cecilia Carande Cameno
En Sevilla, a la fecha de su firma electrónica.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- En el presente proceso monitorio, promovido por el procurador MARIA SANDRA MONTES CECILIA en representación de INVESTCAPITAL, LTD, se ha requerido al/a la deudor/a MARIA ENCARNANCION FUENTES GONZALEZ para que en el plazo de veinte días pagase al/a la acreedor/a la cantidad de 2.232,87 euros, y acreditase el pago ante el tribunal, o compareciere ante éste y alegase en escrito de oposición las razones por las que, a su entender, no debía en todo o en parte la cantidad reclamada.
El requerimiento ha tenido lugar el día 22/12/2023 y han transcurrido los veinte días desde el mismo sin que el/la deudor/a requerido/a haya manifestado haber pagado y sin que tampoco haya formulado oposición.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Dispone el artículo 816.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), que si el deudor requerido en el proceso monitorio no atendiere el requerimiento de pago o no compareciere –se entiende que para manifestar haber pagado o para oponerse-, el Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por terminado el proceso monitorio y dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución.
Segundo.- Como esto es lo sucedido en el presente caso, procede declarar finalizado el proceso monitorio, y dar traslado al/a acreedor/a para que solicite el despacho de ejecución, con los requisitos de postulación exigidos en el artículo 539 de la LEC.
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se declara terminado el presente proceso monitorio iniciado a instancia de el procurador MARIA SANDRA MONTES CECILIA en representación de INVESTCAPITAL, LTD, frente a MARIA ENCARNANCION FUENTES GONZALEZ, en reclamación de 2.232,87 euros.
2.- Dese traslado a INVESTCAPITAL, LTD para que inste, en su caso, el despacho de ejecución, advirtiéndole que será preceptiva la intervención de abogado/a y procurador/a si la cantidad por la que se pretenda el despacho supera los 2000 euros.
De esta resolución doy cuenta al Órgano Judicial.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REVISIÓN ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC).
Lo decreto y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y como consecuencia del ignorado paradero de MARIA ENCARNACIÓN FUENTES GONZALEZ., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
SEVILLA a diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Sevilla, 19 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid