Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Purchena
Dirección: Avenida CAMINO VERDE 3 37.348162960087755
Localidad: Purchena
Código Postal: 04870
Provincia: Almería
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Correo electrónico: AtPublico.JMixto.1.Purchena.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 477/2024
Diligencia
Fecha: 19/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Citación
PETYA IOARDANOVA TODOROVA CORBY - NIF/NIE: ****0020*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª María Caridad Zurano García
En Purchena, a diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro.
1.- No habiendo comparecido PETYA IOARDANOVA TODOROVA CORBY, dentro del plazo para contestar a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal.
Se tiene por contestada la demanda por el Ministerio Fiscal. Únase su escrito a los autos y entréguense las copias a las demás partes.
Conforme a lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley, y por ser conocido el domicilio de la parte demandada declarada en rebeldía, notifíquesele esta resolución por correo certificado con acuse de recibo, advirtiéndole que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.
Notifiquese tambien esta resolucion a traves del tablon edictal TEJU .
2.- Cumplido el trámite de contestación a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 440, al que remite el artículo 753 de la LEC, se convoca a las partes y al Ministerio Fiscal a la celebración de la vista principal de este juicio, para cuyo acto se señala el día 30/01/2025 a las 13:00 horas horas.
3.- Cítese a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber a las primeras que deben acudir representadas por procurador y con asistencia de abogado (artículo 750 de la LEC).
4.- Adviértase también a las partes que deben comparecer en la vista con las pruebas de que intenten valerse. A tal efecto, indíquese que dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la citación, deben indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por la Letrada de la Administración de Justicia para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedores de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación (artículo 440.1 LEC).
5.- En el mismo plazo de cinco días podrán las partes pedir respuestas escritas a cargo de personas jurídicas o entidades públicas, por los trámites establecidos en el artículo 381 de la LEC.
Comuníquese al tribunal y, verificado, notifíquese a las partes.
Purchena, 19 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CARIDAD ZURANO GARCIA
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