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Documento BOE-J-2024-647144

GIRONA. Edicto de 19 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 581/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 282, de 22 de noviembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIRONA
Referencia:
BOE-J-2024-647144

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Girona

Dirección: Plaza Josep Maria Lidón Corbí 1

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 872660663

Correo electrónico: mercantil2.girona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 581/2024

NIG: 1707947120240012465

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Auto de conclusión y concesión del EPI. Cabe recurso de reposición en el plazo de 5 días desde la publicación de este edicto

DESTINATARIOS

KINGSFORD EFFAH - NIF/NIE: ****2623*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Alicia De La Torre Duñaiturria , la Letrada de la Administración de Justicia delJuzgado de lo Mercantil nº 2 de Girona hago saber que:En el Concurso sin masa 581/2024 se dictó un auto por el que se ha declarado conclusoel concurso de Effah Kingsford , con NIF X06912623L, con domicilio en Calle Major 114,3-1, 17190 - Salt.Se acuerda el archivo de las actuaciones por AUTO DE CONCLUSIÓN CONEXONERACIÓN DEFINITIVA DEL PASIVO INSATISFECHO Nº 696/2024 , DE FECHA14 de Noviembre de 2024.En la misma resolución, se requiere a los acreedores afectados para que comuniquen laexoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieraninformado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de susregistros.El procurador de la concursada se encargará de remitir a cada acreedor el presenteauto. El Juzgado no remitirá ningún oficio o mandamiento.Así como, si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de laparte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss. TRLCDicha resolución no es firme cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante esteÓrgano judicial, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días,contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar lainfracción en que haya incurrido la resolución.

Girona, 19 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA DE LA TORRE DUÑAITURRIA

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