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Documento BOE-J-2024-642731

MADRID. Edicto de 18 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 605/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 281, de 21 de noviembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-642731

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

Correo electrónico: mercantil4@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 605/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

OCILUX S.L. - Nº ****1928*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTOD./Dña. MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Letrado/a de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid hace saber:1.- Que en el concurso ordinario 605/2024, con Número de Identificación General delprocedimiento 28.079.00.2-2024/0412451, por auto de fecha 15.11.2024, se hadeclarado en concurso voluntario, a OCILUX S.L., CIF B87519286, con domiciliosocial en Madrid, Avenida Fermina Sevillano, 38, 28022 Madrid.PARTE DISPOSITIVA1.-DECLARO EN CONCURSO VOLUNTARIO a la mercantil OCILUX S.L., CIFB87519286, con domicilio social en Madrid, Avenida Fermina Sevillano, 38, 28022Madrid.La sociedad está inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 72760, folio 50,Hoja M-117898.2. Considero que EXISTE CONCURSO SIN MASA.El pasivo importa la cantidad de 748.874,40 euros.3. Remítase esta resolución, de forma telemática, al BOLETÍN OFICIAL DELESTADO para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único.Procédase, asimismo, a su publicación, en el REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL.En ambos casos con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, almenos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar delsiguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de unadministrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los

siguientes extremos:1. Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudicialespara la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2. Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidadcontra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídicaconcursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradorapara el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administradorpersona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tengaatribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegaciónpermanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.3. Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.4. Si dentro del mencionado plazo ningún legitimado formula esa solicitud, se dictaráauto de conclusión del concurso con los efectos previstos en el art. 485 TRLC.5. Notifíquese esta resolución al deudor y, en su caso, a las partes comparecidas y a larepresentación legal de las personas trabajadoras si el concursado fuera empleador, asícomo a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de laSeguridad Social.6. Expídase por el Letrado de la Administración de Justicia mandamiento por duplicadoal Registro Mercantil de Valladolid, al que se adjuntará testimonio de esta resolución,para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso.7. Fórmese la sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.8. Este auto producirá efectos inmediatos y tendrá fuerza ejecutiva, aunque no sea firme(art. 32).Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN en elplazo de cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resoluciónhubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil),previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 2229-0000-52-0373-24de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta enBANCO DE SANTANDER.Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberáingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando enel campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid, y en el campoobservaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2229-0000-52-0373-24No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O.1/2009 Disposición Adicional 15).

Lo acuerda y firma S.Sª.MagistradoEn Madrid, a quince de noviembre de dos mil veinticuatro.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 18 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

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