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Documento BOE-J-2024-639480

ZARAGOZA. Edicto de 15 de noviembre de 2024 en procedimiento en materia social número 734/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 280, de 20 de noviembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - ZARAGOZA
Referencia:
BOE-J-2024-639480

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 2 de Zaragoza

Dirección: Plaza EXPO 6 EDIFICIO VIDAL DE CANELLAS

Localidad: Zaragoza

Código Postal: 50018

Provincia: Zaragoza

Teléfono: 976208920

Correo electrónico: social2zaragoza@justicia.aragon.es

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 734/2024

NIG: 5029744420240005933

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 03/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 3 días para recurso de reposición ante este Juzgado.

Citación. Plazo: Juicio: 20-02-2025, a las 11'45 horas, en la sede de este Juzgado.

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 03/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 3 días para recurso de reposición ante este Juzgado.

Citación. Plazo: Interrogatorio: 20-02-2025, a las 11'45 horas, en la sede de este Juzgado.

Requerimiento. Plazo: Aportación documental 30 días antes del juicio (señalado para el 20-02-2025).

DESTINATARIOS

TRANSPORTES MERCEDARIO SL - Nº ****6179*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se le cita para el día 20 de febrero de 2025, a las 11’45 horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, debiendo comparecer en la sede de este órgano judicial. Se le advierte que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse, así como con los documentos que hayan sido propuestos como prueba por la parte contraria y se admitan por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida, si no se presentaran sin causa justificada. Asimismo, se le hace saber que dichos actos no se suspenderán aunque dejare de comparecer y se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas: Documental e interrogatorio del legal representante de la empresa demandada. Por ello, en caso de no comparecer y habiéndose solicitado el interrogatorio de parte, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda (art. 91.2 LJS).

Zaragoza, 15 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL PILAR LOROÑO ZULOAGA

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