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Documento BOE-J-2024-636092

BARCELONA. Edicto de 14 de noviembre de 2024 en procedimiento en materia social número 120/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2024-636092

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 29 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio S) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 938874568

Correo electrónico: social29.barcelona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 120/2024

NIG: 0801944420240006066

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 21/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Citación. Plazo: Señalamiento: 21/11/2024 a las 09:50 horas

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 21/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 21/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

M&M PLADURISTAS SL - NIF/NIE: B67231969

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Modo de impugnación (decreto/diligencia ordenación: recurso de REPOSICIÓN antela Letrada de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentaren el plazo de TRES días contados desde el siguiente al de la notificación, en el que sedebe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos nose admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivosrespecto de la resolución recurrida (artículos 186 y 187 de la LRJS).Modo de impugnación (providencia): recurso de REPOSICIÓN ante el Magistrado,mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de TRES días contados desde elsiguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que hayaincurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. Lainterposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resoluciónrecurrida (artículos 186 y 187 de la LRJS). Además, se debe constituir en la Cuenta deDepósitos y Consignaciones de éste Órgano judicial, el depósito de 25 euros a que serefiere la DA 15ª de la LOPJ reformada por la LO 1/2009, de 3 de noviembre. Estánexentos de constituir el depósito para recurrir todo aquél que ostente la condición detrabajador o sea beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o que tengareconocido el beneficio de justicia gratuita y, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado,las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomosdependientes de ellos, de acuerdo con la citada DA 15ª.

Barcelona, 14 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL PUY BUSTILLO CHOCARRO

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