Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Toledo
Dirección: Calle MARQUES DE MENDIGORRIA 2 Edificio de los Juzgados
Localidad: Toledo
Código Postal: 45003
Provincia: Toledo
Teléfono: 925396031
Correo electrónico: mercantil1.toledo@justicia.es
Concursal
Número: 279/2024
Auto
Fecha: 06/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
"concurso de Luis Alberto Garcia Fernandez"
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
D. ARTURO GARCIA DEL CASTILLO, Letrado de la Administraciónde Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de TOLEDO, por elpresente, HAGO SABER:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con elnº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000279 /2024 se ha dictadoen fecha 06/11/2024 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO del deudorLUIS ALBERTO GARCIA FERNANDEZ, con dni xxxxx021N, cuyodomicilio lo tiene en la provincia de Toledo, en el que se haacordado lo siguiente:
Declaro a LUIS ALBERTO GARCIA FERNANDEZ en concurso voluntariode acreedores, sin pronunciamiento adicional alguno.
De la documentación aportada se desprende que el pasivo totales de 78.485,50 euros.
Se confiere un plazo de quince días a los acreedores, a contar desde la publicación del edicto en el Registro PúblicoConcursal, a fin de que, al menos, los que representen elcinco por ciento del pasivo, puedan solicitar el nombramientode un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el artículo 37 ter del TRLC.
Publicidad: Esta resolución se publicará en el Registro Público Concursal (RPC) y en el Tablón Edictal Judicial Único(TEJU) y, a tal efecto, se remitirán los correspondientesedictos con las menciones indispensables que establece el art.35.1 TRLC. La inserción del edicto en el TEJU será gratuita yserá remitido por vía telemática desde este Órgano.
Para el caso de que el deudor fuera empleador notifíquese esteauto a la representación legal de las personas trabajadoras(articulo 37 ter 3 TRLC)
Anotación e inscripción: Si el concursado fuera personanatural, se anotaran y una vez devenga firme, se inscribirá enel Registro civil la declaración de concurso en los términosdel articulo 36 del TRLC.Si el concursado persona natural o jurídica, fuera sujetoinscribible en el Registro mercantil, se anotarán, y una vezel auto devenga firme , se inscribirá en la hoja que esapersona tuviera abierta la declaración del concurso, en lostérminos previstos en el articulo 36.2 del TRLSi la concursada fuera persona jurídica no inscribible en elRegistro mercantil, pero constar o debiera constar inscrita enotro, Registro público se inscribirán en este las mismascircunstancias que las señaladas en el artículo 36.2 del TRLC.Si el concursado tuviera bienes o derechos inscritos enRegistros públicos, se anotaran y una vez el auto devengafirme, se inscribirán en el folio correspondiente a cada unode ellos la declaración de concurso en los términos previstosen el articulo 37 del TRLC
Llamamiento a los acreedores: El acreedor o los acreedores querepresenten, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán,en el plazo de quince días a contar del siguiente a lapublicación de ese edicto, solicitar el nombramiento de unadministrador concursal para que presente informe razonado y documentado relativo al art. 37 ter.Asimismo, esta resolución se pone en conocimiento de laAGENCIA TRIBUTARIA, de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDADSOCIAL y de la AGENCIA TRIBUTARIA, a los efectos del artículo142 TRLC, y del FONDO DE GARANTIA SALARIAL, a los efectos delartículo 514 TRLC.
Comunicación a los Órganos Judiciales: Acuérdese remitiroficio al Servicio Común de Registro y Reparto de Toledo, alobjeto de que se comunique a los Órganos judiciales de 1ªInstancia y a los de Social, la declaración de este concursocon el fin de que se abstengan de conocer de los procedimientos que puedan interponerse contra el concursado ypara que suspendan las ejecuciones singulares en trámite, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda a los respectivos créditos. Y, verificado, comuniquen a este Órganohaberlo verificado, o, en otro caso, expongan las razones para no hacerlo.
Toledo, 12 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ARTURO GARCIA DEL CASTILLO
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