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Documento BOE-J-2024-628837

VIGO. Edicto de 12 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 1028/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 276, de 15 de noviembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - PONTEVEDRA
Referencia:
BOE-J-2024-628837

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Pontevedra

Dirección: Calle Padre Feijóo 1 18

Localidad: Vigo

Código Postal: 36204

Provincia: Pontevedra

Teléfono: 886218403

Correo electrónico: mercantil3.vigo@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1028/2024

NIG: 3603847120240301018

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en la SECCION I DECLARACIÓN CONCURSO 1028/2024, se ha dictado con fecha 11 de septiembre de 2024 Auto acordando lo siguiente:

Declarar el concurso VOLUNTARIO de acreedores a Dña. PEREGRINA FERREÑO GARCÍA, mayor de edad, NIF 34.954.016-L.

La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio.

La Administración concursal designada está integrada por DON ROBERTO LOIS CALVO FERNÁNDEZ, con DNI núm. 36.098.139-F, domicilio en C/Plaza Suárez Llanos, 3, CP 36208 de Vigo,teléfono 986 246 393 y correo electrónico roberto@calvoiglesias.com.

Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 255, 256 y 257 del TRLC. Los acreedores deberán formular la comunicación en el plazo de UN MES contado desde la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo de UN MES otorgado para la comunicación de créditos, cualquier acreedor o cualquier personado en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos (artículo 447 delTRLC).

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 512 del TRLC).

Vigo, 12 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA LUISA SANCHEZ GARRIDO

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