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Documento BOE-J-2024-62790

TOLEDO. Edicto de 1 de febrero de 2024 en procedimiento concursal número 271/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - TOLEDO
Referencia:
BOE-J-2024-62790

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Toledo

Dirección: Calle MARQUES DE MENDIGORRIA 2

Localidad: Toledo

Código Postal: 45071

Provincia: Toledo

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 271/2021

NIG: 4516847120210000277

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de la entidad mercantil Raylagar Servicios S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en el SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000271 /2021,referente al concursado RAYLAGAR SERVICIOS SL , por auto defecha 22/12/23, se ha acordado lo siguiente:ACUERDO APROBAR el PLAN DE LIQUIDACION presentado por elAdministrador Concursal de DON EMILIO GUTIERREZ GRACIA, alcual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de lamasa activa con el siguiente contenido :PROPUESTA DE PLAN DE LIQUIDACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS DERAYLAGAR SERVICIOS, S.L.INTRODUCCIÓNEl Texto Refundido de la Ley Concursal no contempla unaestructura concreta ni un formato específico a efectos deconfeccionar el plan de liquidación de las personas naturaleso jurídicas concursadas, quedando al criterio de laAdministración Concursal, o del Mediador Concursal en elpresente caso, su elaboración. No obstante resulta obvio queal tratarse de un proyecto de Realización de Bienes yDerechos, éstos habrán de quedar relacionados y detallados,haciendo mención expresa a cuantos datos y especificacionesNO PROCEDE PROPUESTA EN RELACIÓN A BIEN INMUEBLENo procede establecer propuesta de liquidación en cuanto alúnico bien inmueble titularidad de la entidad mercantilconcursada (Vivienda Unifamiliar en la C/ Calera, N.º 20-B deVelada (Toledo) – Código Postal 45612 – Inscrita en elRegistro de la Propiedad N.º 2 de Talavera de la Reina, alTomo 1813, Libro 44, Folio 122, Finca Registral N.º 3.556),toda vez que se encuentra gravado con una hipoteca a favor deLIBERBANK, S.A. que se está ejecutando en EjecuciónHipotecaria N.º 221/2019 tramitada ante el Juzgado de PrimeraInstancia N.º 2 de Talavera de la Reina. Celebrada la subastacon fecha 07/01/2021 y pendiente de adjudicación a mejorpostor.PROPUESTAS respecto del efectivo (saldo en cuentas bancarias eingresos procedentes de alquiler de vivienda)Consta en el Inventario de Bienes y Derechos de RAYLAGAR, S.L.que la entidad únicamente mantiene saldo positivo en una delas 2 cuentas bancarias de su titularidad, encontrándose laotra en descubierto. El saldo positivo de DIEZ EUROS CONVEINTIDÓS CÉNTIMOS DE EURO (10,22 €), más el importe quepercibe la concursada en relación al contrato de alquiler dela vivienda de su titularidad, por importe de TRESCIENTOSCINCUENTA EUROS (350,00 €) mensuales, serán en su caso,aplicado al pago de créditos contra la masa.PLAN DE PAGOSEl pago de los créditos con privilegio especial se hará cargoa los bienes y derechos afectos, ya sean objeto de ejecucióncolectiva o separada. De conformidad con el Art. 212.1 y Art.431 TRLC el precio obtenido en su realización se destinará alpago del crédito con privilegio especial, y en caso de quedarremanente, al pago de los demás créditos. En virtud delartículo Art. 429 y 244 TRLC se procederá en primer lugar alpago de los créditos contra la masa, y según lo establecido enel mismo, las deducciones para atender al pago de los créditoscontra la masa se harán con cargo a los bienes y derechos noafectos al pago de créditos con privilegio especial. Para elpago de los créditos con privilegio general, ordinarios ysubordinados se seguirá lo establecido en los Arts. 432, 433,434 y 435 TRLC. Se procederá al pago de los anteriores una vezsatisfechos los créditos contra la masa.Código Seguro de Verificación E04799402-MI:bYNh-M2d9-znaE-BXZf-V Puede verificar este documento en https://www.administraciondejusticia.gob.es

Toledo, 1 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFONSO JOSE MORENO MORENO

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