Contido non dispoñible en galego
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Huercal-Overa
Dirección: Carretera NACIONAL 340 HUÉRCAL-OVERA 204
Localidad: Huércal-Overa
Código Postal: 04600
Provincia: Almería
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Civil
Número: 15/2024
NIG: 0405342120220002193
Auto
Fecha: 16/10/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10
VICTOR HUGO CUTRO GUEX - NIF/NIE: ***6524**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
AUTO
Jueza: D.ª María López Martínez
En Huércal-Overa, a dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- Por el procurador MARIA JOSEFA ANDREU MARTINEZ en representación de VITALIJA KELPSITE se ha presentado escrito solicitando despacho de ejecución frente a VICTOR HUGO CUTRO GUEX con fundamento en la siguiente resolución procesal:
Clase y fecha de la resolución: SENTENCIA DE FECHA 29/11/23
Juicio en el que ha sido dictada: Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 812/2022
Cantidad objeto de la condena: 2.000 euros
Cantidad reclamada: 2.000 euros de principal más 600 euros presupuestados provisionalmente para intereses, gastos y costas.
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma a favor de VITALIJA KELPSITE, parte ejecutante, contra VICTOR HUGO CUTRO GUEX, parte ejecutada.
2.- La ejecución se despacha por la cantidad de 2.000 euros de principal, más otros 600 euros calculados para intereses y costas, sin perjuicio de su ulterior liquidación.
3.- Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 553 de la LEC.
Adviértase al ejecutado al notificarle el presente auto que la ejecución se entenderá ampliada automáticamente si, en las fechas de vencimiento, no se hubieran consignado a disposición del Juzgado las cantidades correspondientes o pagado dichas cantidades correspondientes a mensualidades que vayan venciendo en el numero de cuenta designado por la parte ejecutante.
Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la L.E.C., si cambiasen su domicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente al tribunal.
Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución.
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 551. 4 LEC), sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación de este auto.
Lo acuerda y firma S. S. Doy fe.
JUEZA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Huércal-Overa, 11 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JAVIER PASTOR ORTIZ
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