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Documento BOE-J-2024-623133

LUGO. Edicto de 8 de noviembre de 2024 en procedimiento civil número 286/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - LUGO
Referencia:
BOE-J-2024-623133

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Lugo

Dirección: Calle ARMANDO DURÁN S/N

Localidad: Lugo

Código Postal: 27002

Provincia: Lugo

Teléfono: 982294700

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 286/2024

NIG: 2702842120230007375

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MARCIAL LUIS ARGIZ PEREZ - NIF/NIE: ***2514**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2 DE LUGO

-

ARMANDO DURAN S/N

Teléfono: 982-294701/02, Fax: ..

Correo electrónico: ..

Equipo/usuario: MF

Modelo: N65925

N.I.G.: 27028 42 1 2023 0007375

ETJ EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000286 /2024

Procedimiento origen: JVB JUICIO VERBAL 0001514 /2023

Sobre RECLAMACION DE CANTIDAD

EJECUTANTE D/ña. FURIO CAPITAL SL

Procurador/a Sr/a.

Abogado/a Sr/a. JORGE COBIAN IGADO

EJECUTADO D/ña. MARCIAL LUIS ARGIZ PEREZ

Procurador/a Sr/a.

Abogado/a Sr/a.

E D I C T O

En este órgano judicial se tramita EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 286 /2024, seguido a instancias de FURIO CAPITAL SL, contra MARCIAL LUIS ARGIZ PEREZ, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD en los que, en fecha 7 DE OCTUBRE DE 2024 se ha dictado Auto cuya parte dispositiva dice:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor del/de la ejecutante, FURIO CAPITAL SL, frente a MARCIAL LUIS ARGIZ PEREZ, parte ejecutada,

2.- Se despacha ejecución por importe de 810 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 0 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C.

En la misma fecha se dictó Decreto cuya parte dispositiva dice:

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

- El embargo de los bienes propiedad del/de la ejecutado/a, designados por el/la ejecutante, en concreto: SALDOS A FAVOR DEL DEMANDADO EN CUENTAS BANCARIAS Y DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS, QUE SE PRACTICARA TELEMATICAMENTE, librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.

Conforme a lo dispuesto en el art. 551.3 LEC, póngase en conocimiento del Registro Público Concursal, la existencia del auto de fecha por el que se despacha la ejecución con expresa especificación del número de identificación fiscal del deudor persona física o jurídica contra el que se despache la ejecución.

El presente decreto se notificará en la forma dispuesta en el auto que autoriza la ejecución.

Y, para que sirva de notificación en forma a MARCIAL LUIS ARGIZ PEREZ, expido y firmo la presente en LUGO, a siete de noviembre de dos mil veinticuatro.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

Lugo, 8 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FRANCISCO JULIAN HINOJAL GIJON

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