Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Alicante
Dirección: Calle PARDO GIMENO 43
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Provincia: Alicante/Alacant
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Civil
Número: 1739/2023
Auto
Fecha: 04/09/2023
Objeto de la publicación edictal:
Requerimiento. Plazo: 10 días
PAU ROVIRA LORENTE
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
A U T O
Juez/Magistrado-JuezSra.: MARTA RODRIGUEZ ANDREU.
En ALICANTE, a cuatro de septiembre de dos mil veintitrés.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- Por ENERGIA COLECTIVA SL, se ha presentado demanda ejecutiva frente a PAU ROVIRA LORENTE, en ejecución de Decreto nº 53/2023 dictado en fecha 23 de enero de 2023, en el Procedimiento Monitorio nº 1739/23.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Ha sido examinada por este tribunal su jurisdicción, competencia objetiva y territorial, concurriendo en la demanda presentada los presupuestos y requisitos procesales exigidos por la ley, y siendo el título que se acompaña susceptible de ejecución, de conformidad con el artículo 517 de la L.E.C., procede, en virtud de lo dispuesto en el artículo 551 y concordantes de la L.E.C., dictar orden general de ejecución y despacho de la misma.
Segundo.- Procede que se despache ejecución a favor de la solicitante al haber acreditado su condición de acreedor en el título ejecutivo presentado, frente a la parte deudora,
Al aparecer como deudor/es en el mismo título, conforme a lo establecido en el artículo 538 de la L.E.C.
Tercero.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la L.E.C., dictado el auto por el juez o magistrado, el Letrado A. Justicia responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto.
Cuarto.- Al ser determinada la cantidad reclamada, conforme a lo establecido en el artículo 572 de la L.E.C., procede despachar la ejecución por las cantidades solicitadas, sin perjuicio de las posteriores liquidaciones que pudieran corresponder.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante, ENERGIA COLECTIVA SL, frente a PAU ROVIRA LORENTE, parte ejecutada.
Se despacha ejecución por importe de 1.120,45 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 336,14 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Alicante/Alacant, 1 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOAQUIN CARA DEL ROSAL
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