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Documento BOE-J-2024-594875

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 25 de octubre de 2024 en procedimiento civil número 863/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 263, de 31 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2024-594875

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Alicante/Alacant

Dirección: Calle ALONA 29

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 965693450

Correo electrónico: alme04_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 863/2024

NIG: 0301466120230002653

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 22/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 10 dias habiles

DESTINATARIOS

GABRIEL PASCARIU - NIF/NIE: ****9507*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se hace saber que, para conocer íntegremente la resoluci´ñon o resoluciones a que se refiere el edicto y demas actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

Acuerdo:- Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el/la Procurador/a de los tribunales, Sr./a. ZAMORA HERNAIZ, ICIAR, en nombre y representación de VISALIA ENERGIA SL, frente a GABRIEL PASCARIU y RESTAURANTE EL RINCONCITO DE ALICANTE SL.- Sustanciar el proceso por las reglas del juicio verbal.- Que por el letrado de la Administración de Justicia se dé traslado de la demanda a la parte demandada , con entrega de copia y de la documentación acompañada, emplazándola/s para que la conteste/n en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, con las siguientes prevenciones:- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 L.E.C.).- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la L.E.C.) salvo que la cuantía no exceda de 2.000 €.- Requerir a la parte demandada para que en su escrito de contestación a la demanda se pronuncie sobre la pertinencia de celebración de vista.Llévese a efecto el emplazamiento de la parte demandada en el domicilio señalado por la parte actora, para lo cual el letrado de la Administración de Justicia librará los despachos correspondientes.MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal.

Alicante/Alacant, 25 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLEN

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