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Documento BOE-J-2024-591596

ALMERÍA. Edicto de 25 de octubre de 2024 en procedimiento civil número 667/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 262, de 30 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2024-591596

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 667/2023

NIG: 0401342120230014763

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 01/08/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

AÑIL MEDIATERRANEA GREEN SL - Nº ****1331*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el referido juicio se ha dictado sentencia el 01/08/2024 poniendo fin al proceso.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del/de la demandado/a AÑIL MEDITERRÁNEA GREEN S.L y EUGENIO MARIA POMARES PUERTO, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificarle la citada resolución por medio de edicto que se publicará en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO.

Contra dicha resolución puede interponer RECURSO DE APELACIÓN en el plazo de veinte días hábiles desde la publicación de este edicto, en los términos que constan en la resolución notificada.

El fallo de la sentencia es del siguiente tenor literal:

ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don José María Molina Molina, actuando en nombre y representación TRANSPELEGRIN, S.L., contra AÑIL MEDITERRÁNEA GREEN, S.L., en consecuencia CONDENO a AÑIL MEDITERRÁNEA GREEN, S.L., a abonar la actora la cantidad de 68.888,33 euros. La cantidad objeto dela condena devengará el interés previsto en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre que establece medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones mercantiles.

CONDENO en las costas del presente procedimiento a la parte demandada.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.

En Almería, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Almería, 25 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CARMEN VICTORIA GARCIA RAVASSA

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