JDO. DE LO MERCANTIL N. 2
Dirección: CALLE NICOLAS SALMERON Nº 5, 8ª PLANTA
Localidad: VALLADOLID
Código Postal: 47004
Provincia: Valladolid
Teléfono: 983413372
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Civil
Número: 559/2024
NIG: 4718647120240001381
Auto
Fecha: 03/10/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
E D I C T O En este órgano judicial se tramita SECCION I DECLARACION CONCURSO 559/2024 seguido a instancias de FERNANDO TORIBIO NUÑEZ y MARIA ESPERANZA SACRISTAN GARCIA en los que, por resolución de fecha 2 de octubre de 2024 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva, en lo que interesa, es del siguiente tenor literal: ACUERDO: 1. Declarar en concurso a TORIBIO NUÑEZ, FERNANDO (NIF - 71115388D) y SACRISTAN GARCIA, MARIA ESPERANZA (NIF - 13117071X), toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual; con intervención de sus facultades de administración y disposición. 2. La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 57 y siguientes TRLC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por SUE ABOGADOS SLP 3. Considerar el concurso con el carácter de voluntario. 4. Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación (art. 66 y 67 TRLC), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, acreditando tener suscrito seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente, apercibiéndosele de que se encuentra sometido al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones de loa arts. 64 y 65 TRLC. 5. Llámese a los acreedores de los concursados para que comuniquen en la forma establecida en el art. 255 y siguientes TRLC a los administradores concursales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del auto de la declaración del concurso realizada en el BOE por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto, el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica señalados a efectos de comunicaciones serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administrador concursal al tiempo de la aceptación del cargo. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán, además, los bienes o derechos a afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia, en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en la documentación que obre en autos, informando de la declaración de concurso y del deber de comunicar los créditos en la forma establecida por la Ley. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. … Se hace saber que la dirección postal y electrónica en las que efectuar la comunicación de créditos es: Postal: c/ Conde Salvatierra nº 27-8, 46004 – Valencia Electrónica: concursotoribioysacristan@sueabogados.com En Valladolid a 18 de octubre de 2024. LETRADO DE LA ADMON. DE JUSTICIA
VALLADOLID, 23 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA INES GARCIA ALONSO
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