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Documento BOE-J-2024-590933

MADRID. Edicto de 22 de octubre de 2024 en procedimiento concursal número 425/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 262, de 30 de octubre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-590933

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 425/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin plazo

DESTINATARIOS

Concurso de Serlingo Social S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. ROSA MARIA CASTEDO BARTOLOME, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Madrid hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Voluntario 425/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2024/0274713, por auto de fecha 24/09/2024 , se ha declarado en concurso voluntario a SERLINGO SOCIAL S.L, con nº de identificación B86868593. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Pedro López López, con domicilio postal en Avda. República Argentina 18, entreplanta A, 41011 Sevilla, Tfno: 954656469, y dirección electrónica concursogruposerlingo@abastarconcursales.es , ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 22 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA CASTEDO BARTOLOME

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