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Documento BOE-J-2024-589817

JEREZ DE LA FRONTERA. Edicto de 24 de octubre de 2024 en procedimiento civil número 1600/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - CÁDIZ
Referencia:
BOE-J-2024-589817

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Jerez de la Frontera

Dirección: Avenida TOMAS GARCIA FIGUERAS 14

Localidad: Jerez de la Frontera

Código Postal: 11407

Provincia: Cádiz

Teléfono: 956104069

Correo electrónico: jInstancia.4.jerez.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1600/2023

NIG: 1102042120230013923

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 09/02/2024

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

SUSANA MARTÍN GONZÁLEZ - NIF/NIE: ***1701**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA 1.- Se admite a trámite la demanda presentada por. el procurador CINTIA LEONOR VELAZQUEZ CARRASCO en representación de BULNES CAPITAL SL frente a SUSANA MARTIN GONZALEZ, sobre Contratos en general que se sustanciará por las reglas del juicio verbal. 2.- Dese traslado de la demanda a la parte demandada, a quien se entregará copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándola para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de diez días hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento. En el emplazamiento se advertirá a la parte demandada de lo siguiente: - Que si no comparece dentro del plazo indicado, será declarada en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC). - Que puede actuar en el proceso sin abogado ni procurador. - Que la parte actora comparecerá asistida de abogado y procurador y que si ella/s se propone/n comparecer con los mismos profesionales deberá comunicarlo a esta oficina judicial en el plazo de tres días desde que se le notifique la demanda. - Que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días. - Que si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo, también, en el plazo de tres días. - Que están a su disposición en la oficina judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda. 3.- Adviértase a ambas partes que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo Primero de la LEC).

Jerez de la Frontera, 24 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, WENCESLAO PLAZA CARRERO

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