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Documento BOE-J-2024-588737

TOLEDO. Edicto de 24 de octubre de 2024 en procedimiento civil número 119/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - TOLEDO
Referencia:
BOE-J-2024-588737

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Toledo

Dirección: Calle MARQUES DE MENDIGORRIA 2 Edificio de los Juzgados

Localidad: Toledo

Código Postal: 45003

Provincia: Toledo

Teléfono: 925396031

Correo electrónico: mercantil1.toledo@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 119/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 30/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 DIAS

DESTINATARIOS

ELADY HOSTELERIA S.L - NIF/NIE: ****3450*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Sr.Letrado/a de la Administración de Justicia

D. ARTURO GARCIA DEL CASTILLO

En TOLEDO, a treinta de septiembre de dos mil veinticuatro.

Practicada en estos autos la tasación de costas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., acuerdo:

1.- Dar traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS,con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión oadición de partida alguna, reservando a los interesados suderecho para reclamarlo de quien y como corresponda.

2.- Informar a las partes de que dentro del plazo señalado,puede impugnarse la tasación practicada, con las advertencias siguientes:1ª) Por la parte condenada, basada en la inclusión departidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a loshonorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetosa arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando queel importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 dela L.E.C.).2ª) La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto aarancel o no haberse incluido correctamente los derechos de suprocurador (artículo 245.3 de la L.E.C.).3ª) En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta.

En otrocaso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4de la L.E.C.).

MODO DE IMPUGNACIÓN O CÓMO RECURRIR:En caso de desacuerdo con esta Diligencia de Ordenación, sepuede presentar un recurso (en este caso, llamado recurso dereposición) en el plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles, queempezará a contar al día siguiente de la fecha en que se hayarecibido la notificación de esta resolución.Este escrito deberá presentarse ante el/la Letrado/a de laAdministración de Justicia e indicar qué infracción, en su opinión, ha cometido esta resolución (ver los artículos 451 y452 de la LEC).

Lo acuerdo y firmo.

Doy fe.

SE HACE SABER QUE LA TASACION DE COSTAS ESTA A SU DISPOSICION EN LA OFICINA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE TOLEDO

Toledo, 24 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ARTURO GARCIA DEL CASTILLO

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