Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Alicante/Alacant
Dirección: Calle ALONA 29
Localidad: Alicante/Alacant
Código Postal: 03007
Provincia: Alicante/Alacant
Teléfono: 965693450
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Civil
Número: 64/2024
NIG: 0301466120240000220
Decreto
Fecha: 16/10/2024
Objeto de la publicación edictal:
Citación
EXPLOTACIONES NAUTICAS 2010,S.L. - NIF/NIE: ****0655*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
D E C R E T O
Sr. Letrado de la Administración de Justicia: MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLEN
En ALICANTE, a dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- No habiendo comparecido la parte demandada EXPLOTACIONES NAUTICAS 2010, S.L. dentro del plazo para contestar a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la L.E.C, se declaro a dicha parte en situación de rebeldía procesal. Conforme a lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley, y por ser conocido el domicilio de la parte demandada, notifíquesele esta resolución, advirtiéndole que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.
FUNDAMENTOS DE DERECHOÚnico.- Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la L.E.C., y de acuerdo con lo dispuesto en el mismo, procede convocar a las partes a la audiencia previa al juicio.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Convocar a las partes a la audiencia previa al juicio para:- Intentar un acuerdo o transacción entre las mismas.- Examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto. - Fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho sobre los que exista controversia.- Proponer y admitir prueba.- Examinar las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley puedan plantearse en la misma.
2.- Señalar para la celebración de la audiencia el próximo día 19/02/2025 A LAS 10.30HORAS, en la sede de este tribunal, citándose a las partes con las prevenciones que seguidamente se indican
:- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado/abogada.
- Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores/procuradoras, deberán otorgar a estos poder para renunciar, allanarse o transigir.
- Si no comparecieran personalmente ni otorgaren el apoderamiento expresado se les tendrá por no comparecidos (artículo 414.2 de la L.E.C.).
- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará auto de sobreseimiento del proceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (artículo 414.3 de la L.E.C).
- Si sólo comparece la parte demandada y ésta no alegare interés legítimo en que continúe el procedimiento, también se sobreseerá el proceso (artículo 414.3 de la L.E.C.).- Si fuera la parte demandada la que no concurriere a la audiencia, el acto se entenderá sólo con el actor (artículo 414.3 de la L.E.C.).- Si faltare a la audiencia el abogado de la parte actora, se sobreseerá el proceso, salvo que la parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento (artículo 414.4 de la L.E.C.).
- Si faltare el abogado de la parte demandada la audiencia se seguirá con el demandante en lo que resultare procedente (artículo 414.4 de la L.E.C.).
- Se pone en conocimiento de las partes que los/las Procuradores/Procuradoras están dispensados de acudir al acto de la Audiencia Previa.MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el Letrado A. Justicia que la dicta.Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
Alicante/Alacant, 24 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLEN
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid