Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Sevilla
Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41014
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955519096
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 263/2024
Auto
Fecha: 16/10/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de Jennifer Muñoz García con nif: 30233088W
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Juana Gálvez Muñoz
Que en el procedimiento concursal número 263/2024 en el que figura como concursada Jennifer Muñoz García se ha dictado el 16/10/2024 auto que declara concluso el concurso y exonera el pasivo insatisfecho. Dicho auto dice, literalmente, en su parte dispositiva:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1) La conclusión del proceso concursal de Jennifer Muñoz García con dni: 30233088W llevando el original de esta resolución al libro de autos definitivos, y un testimonio de la misma a la sección primera. Notifíquese esta resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 482 TRLC).
2) El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, salvo las que pudieran derivarse de otros pronunciamientos.
3) Librar mandamientos al Registro Mercantil, si correspondiere.
4) Una vez los mandamientos hayan sido diligenciados y unidos al expediente, su archivo, previa baja en los libros de su razón.
5) La exoneración del pasivo concursal de Jennifer Muñoz García con dni: 30233088W, a la fecha de conclusión de este concurso, tanto comunicados como no comunicados en este expediente. Para una mayor claridad, sobre cuales fueron comunicados, se incorporará mediante anexo a esta resolución la lista de acreedores aportada por la concursada. También se exoneran los gastos y costas derivados de este procedimiento, salvo las deudas por costas y gastos judiciales derivados de la tramitación de la solicitud de exoneración. En ningún caso se entenderán exonerados créditos contemplados en el art. 489 TRLC, incluso aunque se mencionaran en el anterior listado. En su caso, en cuanto al crédito público regirá la limitación establecida en el art 489.1.5º de la Ley 16/2022 de 5 de septiembre de 2022 de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal.
6) Esta resolución conlleva los efectos prevenidos en los art. 490 a 494 TRLC, en su redacción dada por la Ley 16/2022.
Contra el pronunciamiento que acuerda la conclusión no cabe recurso alguno y contra el pronunciamiento relativo a la exoneración del pasivo insatisfecho cabe recurso de reposición en el plazo de 5 días.
Lo acuerda y firma el/la Magistrado Juez, doy fe.
El Magistrado Juez LA LETRADA DE LA ADMÓN DE JUSTICIA
ANEXO CRÉDITOS
Banc Sabadell, S.A. 2.085€
Banc Sabadell, S.A. 1.745€
BBVA, S.A. 1.425€
BBVA, S.A. 572€
Caixabank, S.A. 27.892€
Caixabank, S.A. 1.331€
Caixabank, S.A. 74€
Caixabank, S.A. 7.704€
Caixabank Payments &
Consumer 3.302€
MicroBank 18.300€
Grenke Rent S.A 6.000€
TOTAL CRÉDITOS 70.430,00 €
Sevilla, 23 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUANA GALVEZ MUÑOZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid