Contido non dispoñible en galego
Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Concursal
Número: 208/2024
Auto
Fecha: 18/10/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Firme
Acreedores del deudor
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC), ANUNCIA En el procedimiento Concurso ordinario 208/2024 seguido frente a los deudores D. RODDY RICARDO GOMEZ IBAÑEZ con DNI nº 53855568X y DOÑA EMELY AMARILI ABRIL CARVAJAL con DNI nº 54496011H, por auto de fecha 18/10/2024 se ha acordado lo siguiente: “…Que debo acordar la CONCLUSIÓN del presente concurso por la causa 7ª del art. 465 L.Co de insuficiencia de masa; alzando y poniendo fin a los efectos del concurso declarado de modo limitado por insuficiencia de masa originaria. El deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos no exonerables, salvo aquellos para los que, siendo exonerables, hubiera obtenido la extinción judicial por la obtención de la exoneración del pasivo insatisfecho. Los acreedores por créditos no exonerables podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena…”
Madrid, 18 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN
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