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Documento BOE-J-2024-574106

MADRID. Edicto de 17 de octubre de 2024 en procedimiento concursal número 443/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 256, de 23 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-574106

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 443/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilacion

DESTINATARIOS

Huverfruit, S.L. - Nº ****7034*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

El Juzgado mercantil nº 9 de Madrid Hace saber 1.- Que en el concurso Concurso ordinario 443/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2024/0269870, por auto de fecha 13/09/2024, se ha declarado en concurso voluntario a HUVERFRUIT S.L con domicilio en la calle Fromista s/n alfa 3 edificio Madrid 28050 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es ESTRUCH CONSULTORES MERCANTILES SLP, con domicilio postal en Cirilo Amorós nº 42 piso 6 puerta 12 VALENCIA 46004, y dirección electrónica legal@estruchconsultores.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- - Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 530 TRLC.

Madrid, 17 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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