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Documento BOE-J-2024-574051

ALMERÍA. Edicto de 18 de octubre de 2024 en procedimiento civil número 153/2011.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 256, de 23 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2024-574051

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 950809067

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Almeria.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 153/2011

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 11/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Diez días

DESTINATARIOS

FRANCISCA ISABEL IGLESIAS AMADOR - NIF/NIE: ***3421**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Raquel Martínez Canton

En Almería, a once de octubre de dos mil veinticuatro.

1.- El anterior escrito presentado por la procuradora MARIA NIEVES PEREZ-TEMPLADO MARTINEZ en representación de F9 GRINCAP SL, solicitando ocupar la posición de OFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, parte demandante, por haber adquirido lo que es objeto del presente litigio y documento/s que acompaña, únase a los autos de su razón entregándose las copias a las demás partes.

2.- Con suspensión de las actuaciones, óigase por diez días a la otra parte (artículo 17 de la ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-).

De esta resolución doy cuenta al Órgano Judicial.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).

Almería, 18 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ

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