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Documento BOE-J-2024-573568

VALLADOLID. Edicto de 16 de octubre de 2024 en procedimiento concursal número 320/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 256, de 23 de octubre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2024-573568

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JDO. DE LO MERCANTIL N. 1

Dirección: C/ NICOLAS SALMERON, 5-1º

Localidad: VALLADOLID

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

Correo electrónico: mercantil1.valladolid@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 320/2023

NIG: 4718647120230000709

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO: 1.- Que en el concurso voluntario ordinario número 320/2023, de los deudores D. JESUS MARIA MARINERO MERINO y Dª. ANA MARIA CASTRO PEREZ , se ha dictado con fecha 10 de octubre de 2024,auto firme de conclusión de concurso por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos de los acreedores. 2.- La exoneración del pago de los créditos del pasivo insatisfecho solicitado por los citados deudores que se extenderá a la totalidad de las deudas insatisfechas, con las excepciones previstas en el art. 489 TRLC, entre las que se encuentran el crédito público de la Diputación de Valladolid y el crédito con garantía real de KUTXABANK. 3.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 4.- La aprobación de la rendición de cuentas presentadas por la Administración concursal. 5.- El cese del administrador concursal D. PABLO GARCÍA TEJERINA, como administrador concursal. 6.- Dar publicidad por medio de edictos que insertarán con la mayor urgencia en el Tablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 28 del TRLC, así mismo la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítase exhorto al Registro Civil que corresponda, a los fines de que proceda a la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales. 7.- El archivo definitivo de las actuaciones. En VALLADOLID, a diez de octubre de dos mil veinticuatro. LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

VALLADOLID, 16 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA TAMAYO GÓMEZ

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