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Documento BOE-J-2024-573455

MADRID. Edicto de 16 de octubre de 2024 en procedimiento concursal número 394/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 256, de 23 de octubre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-573455

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 394/2017

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 03/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilacion

DESTINATARIOS

394-2017

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO DÑA ADELA MORENO BLANCO LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 01 DE MADRID A N U N C I A Que en el procedimiento concursal número 394/2017 referente a las concursadas ANGUMAR 2006 SL con CIF B-97705784 por auto de fecha 03/10/2024 ,rectificado por auto de fecha 11/10/2024. 1.- Acuerdo la apertura de la fase de liquidación de la concursada por ANGUMAR 2006 SL con CIFB-97705784, formándose la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 2.- Acuerdo dejar sin efecto las facultades de administración y de disposición del concursado sobre su patrimonio, si no se hubiera acordado con anterioridad, con todos los efectos establecidos en la LC, operando el régimen de sustitución en tales facultades patrimoniales por la Administración Concursal, con cese de los administradores societarios, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sean parte. 3.- Acuerdo la disolución de la sociedad concursada, cuya liquidación será ejecutada por la Administración Concursal designada, dentro del trámite de liquidación del concurso. 4.- Declaro el vencimiento anticipado de los créditos concursales sometidos a plazo, así como la conversión en dinero de las prestaciones de los créditos que tuvieran diferente objeto. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/cove mediante el siguiente código seguro de verificación: 0890361986224018060920 Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Madrid - Concurso ordinario 394/2017 2 de 2 5.- Formación de la sección sexta. La sección se encabezará con copia auténtica del auto por el que se haya procedido a su formación y se incorporarán a ella copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal con los documentos anejos.

Madrid, 16 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA MORENO BLANCO

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