Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla
Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41018
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955516033
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.4.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1044/2023
NIG: 4109142120230028774
Sentencia
Fecha: 16/10/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
IGNORADOS OCUPANTES CALLE BRUJULA Nº 4 PISO 1 PUERTA DERECHA
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
En el procedimiento referenciado se ha dictado Sentencia poniendo fin al procedimiento cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 300/2024
En Sevilla, a dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro.
Han sido vistos por FRANCISCO JAVIER MILLÁN BERMÚDEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Sevilla y su partido, los presentes autos de JUICIO VERBAL seguidos en este Juzgado con nº 1044/23 a instancia de la mercantil DIVARIAN PROPIEDAD, S.A., representada por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, contra los IGNORADOS OCUPANTES del inmueble sito en Calle Brújula nº 4, 1º D, 41006, C.P. 41006, Sevilla, en situación procesal de rebeldía, sobre desahucio por precario, en los que se ha dictado la presente en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
FALLO
Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Gordillo Alcalá, en nombre y representación de la mercantil DIVARIAN PROPIEDAD, S.A., representada por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, contra los IGNORADOS OCUPANTES del inmueble sito en Calle Brújula nº 4, 1º D, 41006, C.P. 41006, Sevilla, en situación procesal de rebeldía, debo DECLARAR Y DECLARO haber lugar al desahucio por precario de los citados demandados respecto del inmueble sito en Calle Herrería nº 27, Guillena (Sevilla), y en su consecuencia, debo CONDENAR Y CONDENO a los citados demandados a que desalojen, dejen libre y expedito y a disposición de la parte actora el referido inmueble, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifican en el término establecido por la ley, todo ello con imposición de costas a la parte demandada.
Firme la presente sentencia, y previa petición por la parte actora e incoación de la correspondiente ejecución, procédase al lanzamiento de los demandados en la fecha en su caso señalada durante la tramitación del procedimiento, o en la fecha por señalar en la ejecución.
Notifíquese la presente a las partes, poniéndose en su conocimiento que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que habrá de presentarse, en su caso, ante este mismo Juzgado, en el plazo de veinte días.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del/de la demandado/a IGNORADOS OCUPANTES CALLE BRÚJULA, Nº4, PISO 1, PUERTA DERECHO, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificarle la citada resolución por medio de edicto que se publicará en el Tablon Edictal Judicial Único que publica electronicamente la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, en la forma dispuesta en el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero de ordenación del diario BOE..
Contra dicha resolución no cabe recurso alguno.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.
En Sevilla, en el día de la firma.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Sevilla, 17 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid