Contido non dispoñible en galego
JDO. DE LO MERCANTIL N. 2
Dirección: CALLE NICOLAS SALMERON Nº 5, 8ª PLANTA
Localidad: VALLADOLID
Código Postal: 47004
Provincia: Valladolid
Teléfono: 983773064
Correo electrónico: mercantil2.valladolid@justicia.es
Concursal
Número: 5/2024
NIG: 4718647120240000006
Auto
Fecha: 26/01/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Llamamiento acreedores.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
E D I C T O D./Dª. MARIA INES GARCIA ALONSO, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL N. 2 de VALLADOLID, por el presente, HAGO SABER: PRIMERO.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000005 /2024 y NIG nº 47186 47 1 2024 0000006 se ha dictado en fecha AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO del deudor D. RAUL FERNANDEZ ROMAN, con NIF nº 71135968G, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Luis Rojo, nº 6-4º D de Valladolid. SEGUNDO.- Se ha acordado el llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos: 1.ºSi existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley. 2.ºSi existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados. 3.ºSi existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable. TERCERO.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. En VALLADOLID, a veintiséis de enero de dos mil veinticuatro. EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
VALLADOLID, 29 de enero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA INES GARCIA ALONSO
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