Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Málaga
Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N
Localidad: Málaga
Código Postal: 29010
Provincia: Málaga
Teléfono: 639932975
Correo electrónico: jmercantil.3.malaga.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 344/2024
Auto
Fecha: 25/09/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
INMACULADA MARTIN RUIZ - NIF/NIE: ***1638**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Málaga
C\ Fiscal Luis Portero García, s/n, 29010, Málaga, Tlfno.: 662975817 662975697, Fax: , Correo electrónico: JMercantil.3.Malaga.jus@juntadeandalucia.es
N.I.G: 2906742120240010504.
Tipo y número de procedimiento: Concurso ordinario 344/2024. Negociado: T2
Sección:
Materia: Materia concursal
De: INMACULADA MARTIN RUIZ
Procurador/a: IGNACIO SANCHEZ DIAZ
EDICTO
Letrado de la Administración de Justicia: D. Jose María Casasola Diaz
Que en el procedimiento concursal nº 344/24 y NIG 2906742120240010504 referente al deudor Dª INMACULADA MARTIN RUIZ con DNI 25716381N, por auto de fecha 25/09/2024 se ha acordado la CONCLUSION del concurso por inexistencia de masa activa y conceder la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO a de manera DEFINITIVA.
La exoneración alcanza a todo el pasivo no satisfecho con la masa activa, salvo aquellos créditos expresamente incluidos en los supuestos de no exoneración del artículo 489 del TRLC. Contra esta resolución cabe recurso de apelación .
A los efectos oportunos se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ del Registro Público Concursal.
Dado en Málaga, a 25 de Septiembre de 2024
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Málaga, 11 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE MARIA CASASOLA DIAZ
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid