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Documento BOE-J-2024-555952

SEVILLA. Edicto de 10 de octubre de 2024 en procedimiento civil número 49/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 249, de 15 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2024-555952

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 18 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955544034

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.18.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 49/2024

NIG: 4109142120220038332

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 02/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Diez dias.

DESTINATARIOS

EMELCA-CONTROLUX DE PROYECTOS Y MONTAJES ELECTRICOS, S.L. - NIF/NIE: ****2463*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrado de la Administración de Justicia: D. Jose Manuel Salto Chicano

En Sevilla, a uno de octubre de dos mil veinticuatro.

Dada cuenta del estado de las actuaciones, acuerdo la entrega a la parte ejecutante de la suma de 37.355,50 euros en concepto de principal, mediante orden de transferencia bancaria a la cuenta designada al efecto.

Solicitada por el procurador D. JULIO PANEQUE CABALLERO, en nombre y representación de CC.PP. EDIFICIO VIAPOL, la tasación de costas devengadas en el presente proceso de ejecución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la misma ley, procede su tasación como trámite previo a su exacción por la via de apremio.

Asimismo, presnetada por la parte ejecutante propuesta de liquidación de intereses devengados en las actuaciones, acuerdo dar traslado a la parte contraria para que, en el plazo de DIEZ DIAS conteste lo que estime conveniente en relación con la cantidad debida en concepto de intereses.

Advertir a la parte demandada que, si deja pasar dicho plazo sin evacuar el traslado o se limita a negar genéricamente la existencia de intereses sin concretar los puntos en que discrepa de la relación presentada por el acreedor, ni expresar las razones y el alcance de la discrepancia, se entenderá que presta su conformidad a la misma.

1.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), de la anterior tasación de costas, dese traslado a las partes por plazo común de diez días, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.

2.- Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:

Sevilla, 10 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE MANUEL SALTO CHICANO

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