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Documento BOE-J-2024-553541

OURENSE. Edicto de 10 de octubre de 2024 en procedimiento concursal número 451/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 249, de 15 de octubre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - OURENSE
Referencia:
BOE-J-2024-553541

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Ourense

Dirección: Avenida VELÁZQUEZ S/N

Localidad: Ourense

Código Postal: 32002

Provincia: Ourense

Teléfono: 988687097

Correo electrónico: instancia4.ourense@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 451/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

"Concurso Ruth Argentina Mejia Rivas y Tomás Cernuda Vázquez"

S1C 451-24

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En este órgano judicial se tramita sección I declaración concurso 0000451 /2024, seguido a instancias de RUTH ARGENTINA MEJIA RIVAS y TOMÁS CERNUDA VÁZQUEZ en los que, por resolución de fecha 10 de octubre de 2024 se ha acordado:

-Conceder la exoneración del pasivo insatisfecho sin liquidación de la masa activa a las personas deudoras D. TOMÁS CERNUDA VÁZQUEZ Y Dª. RUTH ARGENTINA MEJÍA RIVAS.La exoneración del pasivo insatisfecho se extenderá a la totalidad de las deudas insatisfechas, tanto las comunicadas como las no comunicadas en el presente procedimiento, salvo las previstas en el art. 489 del TRLC, señaladas en el RAZONAMIENTO JURÍDICO SEXTO de la presente resolución. Enrelación con la deuda pública, la exoneración de la deuda contraída con la TGSS será exonerada hasta el límite de los10.000 euros señalados en la norma. La exoneración será íntegra para los primeros cinco mil euros de deuda, y a partirde esta cifra la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda hasta el máximo indicado en la ley (10.000 euros).En cuanto a los efectos y extensión de la exoneración, será de aplicación lo previsto en el art. 492, 492 bis, y 492 ter delTRLC.

-La conclusión del presente concurso.

Ourense, 10 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PAULA ANDREA ARANGO CAMPUZANO

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