Está Vd. en

Documento BOE-J-2024-552480

GRANADA. Edicto de 9 de octubre de 2024 en procedimiento civil número 98/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-552480

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 11 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958059257

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.11.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 98/2024

NIG: 1808742120220019783

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 07/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: diez días

DESTINATARIOS

EMILIO FRANCISCO GARCÍA GALLEGO - NIF/NIE: ***7184**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Requiérase al/los ejecutado/s para que, en el plazo máximo de DIEZ DÍAS, manifieste/n en este Juzgado o ante la comisión judicial en el momento del embargo, relación de bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de cargas o gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, con apercibimiento de las sanciones que pueden imponérsele/s, cuando menos por desobediencia grave, en caso de que no presente/n la relación de sus bienes, incluya/n en ella bienes que no sean suyos, excluya/n bienes propios susceptibles de embargo o no desvele/n las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, así como la posibilidad de imponerle/s multas periódicas si no respondiere/n debidamente al requerimiento.

En cuanto a la investigación del patrimonio del/de los ejecutado/s, procédase a su averiguación mediante las terminales informáticas de este Juzgado y dese traslado a la ejecutante del resultado de la misma.

.- Adviértase a las partes que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo Primero de la LEC).

.- El auto autorizando y despachando la ejecución y el presente decreto, junto con copia de la demanda ejecutiva, se notificarán simultáneamente al/a la ejecutado/a o, en su caso, al/a la procurador/a que le represente, haciéndole saber que puede personarse en la ejecución en cualquier momento, entendiéndose con él/ella, en tal caso, las ulteriores actuaciones.

Granada, 9 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER BARRIOS ROZUA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid