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Documento BOE-J-2024-552459

GRANADA. Edicto de 9 de octubre de 2024 en procedimiento civil número 1158/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-552459

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 11 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958059257

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.11.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1158/2023

NIG: 1808742120230020399

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 20/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: diez días

DESTINATARIOS

GASTRODONNA S.L. - NIF/NIE: ****8655*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA presentada por el Procurador D/Doña MARIA ISABEL SERRANO PEÑUELA en nombre y representación de COCA COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, SLU frente a GASTRODONNA, S.L., sobre reclamación de cantidad que se sustanciará por las reglas del juicio verbal. EMPLÁCESE A LA PARTE DEMANDADA con traslado de la demanda y documentación acompañada para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, computado desde el siguiente al emplazamiento con las siguientes prevenciones legales: - Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC). - Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de abogado y procurador siempre que la cantidad reclamada supere los 2.000 euros (art. 23 y 31 de la LEC). - Que están a su disposición en la Oficina Judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda. Se informa a las partes de que pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, pudiendo interesar la suspensión del procedimiento a tal fin.

Granada, 9 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER BARRIOS ROZUA

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