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Documento BOE-J-2024-547283

GUADALAJARA. Edicto de 8 de octubre de 2024 en procedimiento concursal número 1045/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 246, de 11 de octubre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GUADALAJARA
Referencia:
BOE-J-2024-547283

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Guadalajara

Dirección: Avenida MIRADOR DEL BALCONCILLO 19 Palacio de Justicia

Localidad: Guadalajara

Código Postal: 19002

Provincia: Guadalajara

Teléfono: 949235223

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1045/2024

NIG: 1913042120240008112

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores y afectados del concurso 1045.2024 de los deudores Don Jose Javier Flores Diaz con DNI 70068010M y Doña Alba Marey de Leon con DNI 04560188B.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. Cristina Ruiz Iglesias, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. de 1ª Instancia nº 4 y Mercantil de Guadalajara, por el presente, hago saber: 1º.- Que en fecha 21 de Junio de 2024 se presentó solicitud de concurso que fue repartida en fecha 25 de Junio de 2024 a este órgano judicial registrado como CNA 1045/2024 con N.I.G. 1913042120240008112.Se ha dictado en fecha 18 de Septiembre de 2024, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor DON. JOSE JAVIER FLORES DIAZ con DNI 70068010M y DOÑA ALBA MAREY DE LEON conDNI: 04560188B con domicilio en Calle Fuente el Palmar 61(YEBES,GUADALAJARA).

2º.- Que de la documentación acompañada a la solicitud resulta que el pasivo de DON JOSE JAVIER FLORES DIAZ es de 174.928,16y el pasivo de DOÑA ALBA MAREY DE LEON es de 167.469,23.

3º.- En el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de este edicto, el acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, pueden solicitar el nombramiento de un administrador concursal paraque presente informe razonado y documentado conforme al art.37 ter.Transcurrido dicho plazo sin solicitud de nombramiento de AC,caso de ser el deudor persona jurídica se procederá a la conclusión del concurso, y caso de ser el deudor perso nanatural, podrá presentar solicitud de exoneración de pasivo insatisfecho dentro de los 10 días siguientes conforme alartículo 501 del TRLC.

4º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Guadalajara, 8 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA RUIZ IGLESIAS

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