JDO. DE LO MERCANTIL N. 2
Dirección: CALLE NICOLAS SALMERON Nº 5, 8ª PLANTA
Localidad: VALLADOLID
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Provincia: Valladolid
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Concursal
Número: 370/2024
NIG: 4718647120240000851
Auto
Fecha: 11/09/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores de Carlos Hugo Mateos Hernández
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
PARTE DISPOSITIVA Acuerdo: 1.-Declarar la conclusión del concurso declarado por insuficiencia de masa activa del deudor D. HUGO MATEOS HERNANDEZ en auto de fecha 1 de julio de 2024. 2.- La exoneración del pago de los créditos del pasivo insatisfecho solicitado por el citado deudor, con la extensión y efectos previstos legalmente, arriba reseñados. Expídase mandamiento a los acreedores afectados para que comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros. El deudor podrá recabar testimonio de la resolución para requerir directamente a los sistemas de información crediticia la actualización de sus registros para dejar constancia de la exoneración. 3.- Hacer pública la presente conclusión del concurso por medio de Edictos que se publicarán en el tablón judicial edictal único, del Boletín Oficial del Estado y en el Registro público concursal. La remisión del edicto se realizará de forma telemática por este órgano judicial. 4.- Expedir los despachos correspondientes al Registro Civil y en su caso al Registro de la Propiedad donde consten inscritos bienes y derechos del concursado, de conformidad con lo previsto en el artículo 36 y 37 del TRLC, que serán entregados a la representación procesal del mismo, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos. Modo de impugnación: De conformidad con lo establecido en el artículo 481.1 del TRLC, contra la presente resolución no cabe recurso alguno. Lo acuerda y firma el Magistrado Juez. Doy fe.
VALLADOLID, 4 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA INES GARCIA ALONSO
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