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Documento BOE-J-2024-547138

VALÈNCIA. Edicto de 8 de octubre de 2024 en procedimiento concursal número 607/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 246, de 11 de octubre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2024-547138

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 607/2024

NIG: 4625066120240003160

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Silviu Iulian Radu y Doina Madalina Radu (NIF NIF X3765035G y X3765049H, respectivamente)

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Parte dispositiva de la resolución:

ACUERDO: Reconocer la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO a SILVIU IULIAN RADU y DOINA MADALINA RADU, alcanzado la misma la totalidad de los créditos, siempre que no tengan la condición legal de no exonerables de conformidad con lo dispuesto en el fundamento jurídico SEGUNDO de la presente resolución.

El pasivo no satisfecho EXONERADO se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC. La extinción de los créditos no alcanza a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado respecto de los créditos que se extinguen.

Los acreedores afectados deberán comunicar a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros.La CONCLUSIÓN del concurso DON SILVIU IULIAN RADUDOINA MADALINA RADU cesando respecto del mismo todos los efectos de la declaración del concurso, una vez sea firme la presente resolución.

Notifíquese esta resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento.Publíquese edicto en el BOE (Tablón Edictal Judicial Único) y en el Registro Público Concursal, al objeto de dar publicidad al presente auto, remitiéndose directamente por la oficina judicial. Remítanse, en su caso, exhortos a los Registros Civiles donde conste inscrita la declaración de concurso a los efectos de que procedan a su cancelaciónContra este auto no cabe recurso alguno.

URL a la web del Registro público concursal: https://www.publicidadconcursal.es/registro-publico-concursal

València, 8 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

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