Contido non dispoñible en galego
Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Concursal
Número: 1004/2019
Auto
Fecha: 01/10/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 0
7P VGC SOCIEDAD COOPERATIVA - Nº ****2155*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
ACUERDO LA CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil 7 P VGC SOCIEDAD COOPERATIVA, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes. 2.- Acuerdo el cierre provisional de la hoja abierta a esa persona en el registro mercantil en el que figure inscrita. A tal efecto, expídase por el letrado de la Administración de Justicia mandamiento conteniendo testimonio de esta resolución, con expresión de su firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente. Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja (art. 485 TRLC). Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/cove mediante el siguiente código seguro de verificación: 1018192155848269745518 Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid - Concurso Abreviado 1004/2019 3 de 3 3.- Cese en su cargo el administrador concursal, quedando aprobada la rendición final decuentas. Notifíquese esta resolución a la administración concursal, a la concursada y a todas las partespersonadas en el procedimiento. Notifíquese a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración deconcurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el«Boletín Oficial del Estado», (actual art. 482 TRLC) Contra este auto no cabe interponer recurso alguno (art. 481 TRLC). Procédase al archivo de las actuaciones.
Madrid, 2 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL IZQUIERDO LUENGO
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid