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Documento BOE-J-2024-536250

JAÉN. Edicto de 2 de octubre de 2024 en procedimiento civil número 182/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 242, de 7 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2024-536250

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Jaén

Dirección: Calle OBISPO ALONSO SUÁREZ 3

Localidad: Jaén

Código Postal: 23008

Provincia: Jaén

Teléfono: 953962149

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.7.Jaen.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 182/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 días para oposición a la ejecución

DESTINATARIOS

INSTALATE HOGAR - Nº B23806854

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En la ejecución de titulos judiciales nº 182/2024, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Ejecutado: INSTALATE HOGAR, por diligencia de ordenación de fecha 02/10/2024, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación del auto de despacho de ejecución y decreto de medidas ambos de fecha 30/05/2024 y cuyas partes dispositivas se insertan a continuación. Haciendo saber al ejecutado que están a su disposición en este Juzgado tanto dichas resoluciones como la demanda ejecutiva:.

PARTE DISPOSITIVA DEL AUTO ORDEN GENERAL DE EJECUCIÓN:

"1.- Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma a favor de ENCOFRADOS INDE-K ,SA, parte ejecutante, contra INSTALATE HOGAR, parte ejecutada.

2.- La ejecución se despacha por la cantidad de 37.094,56 euros de PRINCIPAL más 11.128,37 euros de INTERESES Y COSTAS PRESUPUESTADAS, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

3.- Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 553 de la LEC.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 551. 4 LEC), sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación de este auto.

Lo acuerda y firma S. S. Doy fe."

PARTE DISPOSITIVA DECRETO DE MEDIDAS:

"1.- Se decreta el EMBARGO, como propiedad de INSTALATE HOGAR, parte ejecutada, y en cuanto se estiman bastantes para cubrir las cantidades por las que se ha despachado ejecución de los bienes siguientes:

-. Saldos que el ejecutado posea en las entidades bancarias suscriptoras con el Ministerio de Justicia.

-. Devoluciones que el ejecutado tenga pendientes de percibir de la Agencia Tributaria en concepto de IVA y/o IRPF.

El embargo se realizará directamente desde el juzgado, por medio de consulta telemática, en el soporte informático existente en esta Secretaría en conexión con el “Punto Neutro Judicial"

2.- En cuanto a la INVESTIGACIÓN DEL PATRIMONIO del ejecutado, se realizará directamente desde el juzgado, por medio de consulta telemática, en el soporte informático existente en esta Secretaría en conexión con el “Punto Neutro Judicial"

3.- Adviértase a las partes que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo Primero de la LEC).

4.- El auto autorizando y despachando la ejecución y el presente decreto, junto con copia de la demanda ejecutiva, se notificarán simultáneamente al/a la ejecutado/a o, en su caso, al/a la procurador/a que le represente, haciéndole saber que puede personarse en la ejecución en cualquier momento, entendiéndose con él/ella, en tal caso, las ulteriores actuaciones.

La comparecencia deberá efectuarla por medio de procurador/a y asistido de letrado/a.

5.- Comuníquese el despacho de esta ejecución al Registro Público Concursal.

De esta resolución doy cuenta al Órgano Judicial.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REVISIÓN ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC)."

Jaén, 2 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CAROLINA RIVERA MIÑAN

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