Juzgado de Primera Instancia Nº 20 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 686176221
Civil
Número: 614/2024
NIG: 1808742120240010549
Decreto
Fecha: 17/04/2024
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: 10 días
MADALINA IULIANA VLAD - NIF/NIE: ****8771*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Juzgado de Primera Instancia Nº 20 de Granada Avenida del Sur, 3 (Diputación), 18014, Granada, Tlfno.: 699104462 676197278, Fax: , Correo electrónico: JInstancia.20.Granada.jus@juntadeandalucia.esN.I.G: 1808742120240010549.Tipo y número de procedimiento: Juicio verbal (250.2) 614/2024. Negociado: FMateria: Obligaciones: otras cuestionesDe: COMUNIDAD CAMPUS, S.L.Procurador/a: MARIA EUGENIA RUIZ SEPULVEDAContra: MADALINA IULIANA VLADDECRETOLetrada de la Administración de Justicia: D.ª Milagrosa Fernández GalisteoEn Granada, a diecisiete de abril de dos mil veinticuatro.............PARTE DISPOSITIVA1.- Se admite a trámite la demanda presentada por. el procurador MARIA EUGENIA RUIZ SEPULVEDA en representación de COMUNIDAD CAMPUS, S.L. frente a MADALINA IULIANA VLAD, sobre Obligaciones: otras cuestiones que se sustanciará por las reglas del juicio verbal, fijándose la cuantía del procedimiento en 1.615,95 euros. Dese traslado de la demanda a la parte demandada, a quien se entregará copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándola para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de diez días hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento.En el emplazamiento se advertirá a la parte demandada de lo siguiente:- Que si no comparece dentro del plazo indicado, será declarada en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).- Que puede actuar en el proceso sin abogado ni procurador.- Que la parte actora comparecerá asistida de y que si ella/s se propone/n comparecer con los mismos profesionales deberá comunicarlo a esta oficina judicial en el plazo de tres días desde que se le notifique la demanda.- Que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días.- Que si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo, también, en el plazo de tres días.- Que están a su disposición en la oficina judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.3.- Adviértase a ambas partes que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo Primero de la LEC).Respecto al otrosí digo tercero, en el momento procesal oportuno instará y en referencia al otrosí digo segundo, con carácter previo debe indicar y acreditar la titularidad de la cuenta designada.De esta resolución doy cuenta al Órgano Judicial.MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC). La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).Lo decreto y firmo. Doy fe.LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Granada, 2 de octubre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MILAGROSA FERNANDEZ GALISTEO
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