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Documento BOE-J-2024-527908

DONOSTIA/SAN SEBASTIÁN. Edicto de 30 de septiembre de 2024 en procedimiento civil número 553/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 239, de 3 de octubre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIPUZKOA
Referencia:
BOE-J-2024-527908

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Donostia-San Sebastian

Dirección: Plaza TERESA DE CALCUTA 1 3

Localidad: Donostia/San Sebastián

Código Postal: 20012

Provincia: Gipuzkoa

Teléfono: 943000729

Correo electrónico: mercantil1.donostia@justizia.eus

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 553/2022

NIG: 2006947120220016061

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 25/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

EZKIOSYSTEM S.L.U - NIF/NIE: ****7193*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto dimanante de Procedimiento Ordinario (Impugnación acuerdos sociales - 249.1.3) n.º 0000553/2022

Juicio: Procedimiento Ordinario (Impugnación acuerdos sociales - 249.1.3) 0000553/2022

Sobre: Sociedades mercantiles

Procurador/a de la parte demandante: Patricia Azpiazu Arambarri

En el procedimiento referenciado se ha acordado:

Dar traslado a las partes por un plazo común de 10 días de la tasación de costas ( art. 244 LEC) que se desglosa a continuación:

Tasación de costas

Que practica la letrada de la administración de justicia D./D.ª Maria Isabel Villoslada Torquemada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la ley 1/2000, de enjuiciamiento civil (LEC), en el juicio Procedimiento Ordinario (Impugnación acuerdos sociales - 249.1.3) 0000553/2022.

Honorarios del/de la letrado/a D.Miguel Aragon Castiella:

Norma 100 1.556,27 €

-Audiencia previa Norma 67 124,10 €

-Vista 240,90 €

IVA 21% 403,47 €

Importe total de honorarios: 2.324,74€

Derechos del/de la procurador/a D./D.ª Patricia Azpiazu Arambarri:

-Art 1 436,34€

IVA 91,63€

Importe derechos del procurador 527,97 €

TOTAL (s.e.u.o.):

2.852,71 euros.

Importa la presente tasación de costas la cantidad de dos mil ochocientos cincuenta y dos euros con setenta y un céntimos.

Diligencia de ordenación :

Letrada de la administración de justicia : Maria Isabel Villoslada Torquemada

Lugar: Donostia-San Sebastián

Fecha:9 de septiembre de 2024

1- El anterior escrito y documentos presentados por la procuradora Sra. . Azpiazu , en nombre y representación de Alguimaq , s.l , en solicitud de la tasación de costas devengadas en el presente proceso , únase a los autos de su razón entregándose las copias a las demás partes.

2.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), de la anterior tasación de costas, dese traslado a las partes por plazo común de diez días, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.Transcurrido dicho plazo sin que se formule impugnación se aprobará por el/la Letrado de la Administración de Justicia la tasación practicada (artículo 244.3 de la LEC).2.- Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:

2.1-. Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 LEC).2.2. La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador (artículo 245.3 LEC).2.3. En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 LEC).

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la persona indicada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se publica este edicto en el Tablón Edictal Judicial Único para llevar a efecto la diligencia de dar traslado de la tasación de costas por un plazo común de 10 dias, de conformidad con lo dispuesto en el art. 244 de la LEC.

En Donostia - San Sebastián, a 25 de septiembre del 2024.

Donostia/San Sebastián, 30 de septiembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL VILLOSLADA TORQUEMADA

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