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Documento BOE-J-2024-515065

MADRID. Edicto de 24 de septiembre de 2024 en procedimiento concursal número 664/2012.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 234, de 27 de septiembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-515065

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

Correo electrónico: mercantil4@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 664/2012

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Carpro Gráficas, S.A. Cif: B82301730

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El Juzgado Nº 4 de MadridHace saber:Que en este Juzgado se tramita procedimiento de Concurso ordinario 664/2012 en el que se ha declarado conclusión del concurso voluntario por auto de fecha 20/09/2024, a CARPROGRÁFICAS, S.L con CIF. B-82301730.1.- Se declara concluso el procedimiento concursal referente al deudor CARPROGRÁFICAS, S.L. por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditoscontra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.CARPRO GRÁFICAS, S.L. con CIF: B-82301730, inscrita en el Registro Mercantil deMadrid, tomo 14.084, folio 10, sección 8ª, Hoja M-231.339.2.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración ydisposición del deudor que estuvieran subsistentes.3.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración deconcurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.4.- Anúnciese la resolución en el Tablón Edictal Único y en el RPC.5.-Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales yadministrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contrael patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.6- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. 7.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre desu hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Madrid a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2024.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 24 de septiembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

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