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Documento BOE-J-2024-498251

ZAMORA. Edicto de 13 de septiembre de 2024 en procedimiento concursal número 503/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 228, de 20 de septiembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ZAMORA
Referencia:
BOE-J-2024-498251

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2

Dirección: C./ EL RIEGO N.5

Localidad: ZAMORA

Código Postal: 49004

Provincia: Zamora

Teléfono: 980559490

Correo electrónico: mixto2.zamora@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 503/2022

NIG: 4927541120220002984

RESOLUCIÓN PROCESAL

Acuerdo

Fecha: 30/11/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Notificacion conclusion concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

E d i c t o Dña. María Belén Iglesias Refoyo, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción N. 2, de Zamora, con competencia exclusiva Mercantil, por el presente, anuncio: Que en el sección I declaración concurso 000503/2022 seguido en este órgano judicial, a instancia del mediador Don Santiago Garrido Gómez, en nombre y representación de Dª. María Rosa Guerra Diego, con dni nº 11946170Q, se ha dictado auto de conclusión del concurso de fecha 13/09/2024, en cuya parte dispositiva se acuerda: 1.- Concluir el presente procedimiento concursal de Dª Maraía Rosa Guerra Diego, con DNI nº 11.946.170-Q, y el archivo de las actuaciones. 2.- Concedo a Dª María Rosa Guerra Diego, la exoneración del pasivo insatisfecho de los créditos exonerables ante la insuficiencia de masa activa. La exoneración alcanza a la totalidad de la masa pasiva que resulte insatisfecha, con excepción de los créditos enumerados en el art. 489 del TRLC. Esta resolución será notificada y publicada conforme al art. 482 LC, en la misma forma que se acordó para la declaración de concurso. Y será inscrita en los registros en que se inscribió dicha declaración y comunicada a los órganos judiciales y/o administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio de la parte concursada, fin de que, en su caso, los archiven definitivamente. 3.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal, a cuyos efectos remítanse los respectivos despachos. En Zamora a trece de septiembre de dos mil veinticuatro.

ZAMORA, 13 de septiembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA BELEN IGLESIAS REFOYO

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