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Documento BOE-J-2024-497938

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 17 de septiembre de 2024 en procedimiento concursal número 738/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 228, de 20 de septiembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2024-497938

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 738/2022

NIG: 1204066120220000793

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores de la mercantil SITE PARCK SYSTEM SOCIEDAD LIMITADA conCIF nº B12906327

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DISPONGO.-

ACUERDO LA CONCLUSIÓN de los presentes autos de CONCURSO SIN MASA seguidos bajo el nº 738/2022 respecto de , y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que sean su legal y necesaria consecuencia.

ORDENO el cierre provisional de la hoja abierta a esa persona jurídica en el registro público en el que figure inscrita. En cuanto esta resolución devenga firme, el letrado de la Administración de Justicia expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente.

Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja.

Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, el presente archivo a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 485 TRLC, en relación con los arts. 35 y 36 TRLC y art. 323 RRM.

Notifíquese a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal, en los registros públicos pertinentes y, por medio de edicto, en el TEJU (art. 482).

Contra el presente auto no cabe la interposición de recurso alguno (art. 481.1).

Castelló de la Plana, 17 de septiembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL RUBIO AGUSTI

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